A- de 2025
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Jose Fernando Reyes Cuartas·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declarar infundado por causal de tener interés en la decisión
- Garantía de independencia e imparcialidad del funcionario judicial
- Alcance respecto a tener interés en la decisión
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento manifestado por el magistrado José Fernando Reyes Cuartas.
El doctor Reyes adujo que estaba impedido para participar en la sustanciación, discusión y votación del expediente de la referencia porque estar incurso en la casual prevista en el numeral 1º del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal.
Ello, porque se desempeñó como magistrado de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales durante el período 2004-2017 y obtuvo judicialmente el mismo reconocimiento prestacional cuyo pago se persigue en el proceso ejecutivo cuestionado en la acción de tutela bajo estudio.
Los otros dos integrantes de la Sala de Revisión consideraron que en el presente caso no hay un interés directo, personal y actual por parte del doctor Reyes Cuartas que justificara apartarlo del conocimiento del caso de la referencia y, en consecuencia, decidieron declarar INFUNDADO el impedimento que se analizó en esta oportunidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el magistrado José Fernando Reyes Cuartas en el expediente T-10.741.908.
- Segundo. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.